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	<title>Ley hipotecaria 2019 archivos - Domenech Delsors Advocats</title>
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	<title>Ley hipotecaria 2019 archivos - Domenech Delsors Advocats</title>
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		<title>Los 12 puntos de la nueva Ley Hipotecaria del 17 de junio</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Domenech Advocats]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 May 2019 07:22:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho Civil]]></category>
		<category><![CDATA[bancos]]></category>
		<category><![CDATA[clausula suelo]]></category>
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		<category><![CDATA[Ley hipotecaria]]></category>
		<category><![CDATA[Ley hipotecaria 2019]]></category>
		<category><![CDATA[reforma ley hipotecaria]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Llegó la aclamada reforma. El 17 de Junio entra en vigor la nueva Ley Hipotecaria. Son muchas las novedades que se introducen para adaptar la Ley a los nuevos tiempos y a las directrices exigidas desde la Unión Europea. Resulta sorprendente que una de las destacadas novedades sea la obligación de los bancos de asegurarse [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Llegó la aclamada reforma. <strong>El 17 de Junio entra en vigor la nueva Ley Hipotecaria.</strong></p>
<p>Son muchas las novedades que se introducen para adaptar la Ley a los nuevos tiempos y a las directrices exigidas desde la Unión Europea.</p>
<p>Resulta sorprendente que una de las destacadas novedades sea la <strong>obligación de los bancos de asegurarse la solvencia del cliente</strong>. Sorprendente porque hasta la fecha, ésta habría tenido que ser una medida de riesgo siempre tenida en cuenta y vistos los resultados, lamentablemente no fue así.</p>
<p>Dice la nueva Ley:</p>
<blockquote><p><em>“El prestamista deberá consultar el historial crediticio del cliente <strong>acudiendo a la Central de Información de Riesgos del Banco de España</strong>, así como a alguna de las entidades privadas de información crediticia en los términos y con los requisitos y garantías previstos en legislación de protección de datos personales. En caso de que el prestamista conceda el préstamo, podrá comunicar los siguientes datos a las oficinas privadas de información crediticia: importe original, fecha de inicio, fecha de vencimiento, importes pendientes de pago, tipo de préstamo, garantías existentes y valor al que estas alcanzan, así como cualquier otro que establezca la persona titular del Ministerio de Economía y Empresa”</em></p></blockquote>
<h2>12 puntos a destacar</h2>
<p>A partir de esta definición, estos son los <strong>12 puntos a destacar</strong> de la nueva Ley Hipotecaria:</p>
<ol>
<li>Cualquier comisión de apertura, que haya de devengarse en un solo pago, debe comprender todos los gastos de tramitación, estudio o concesión.</li>
<li>Las hipotecas desde la entrada en vigor de la Ley están gravadas en lo que respecta al Impuesto de <strong>Actos Jurídicos Documentados al </strong><strong>0%</strong>.</li>
<li>Los<strong> deudores</strong> con garantía hipotecaria solo <strong>tendrán que pagar los gastos de tasación.</strong></li>
<li>Los<strong> gastos de Notaría, Registro y Gestoría son por cuenta de los Bancos.</strong></li>
<li>Las conocidas como <strong>“cláusulas suelo” están prohibidas</strong>.</li>
<li>La ejecución hipotecaria solo podrá iniciarse (1) en la primera mitad del plazo inicialmente pactado, tras <strong>el impago de 12 cuotas o</strong> bien, que el <strong>importe de las cuotas impagadas, supongan el 3% de la deuda hipotecaria</strong> Y en la segunda mitad, tras el impago de 15 cuotas o el 7% de la deuda hipotecaria.</li>
<li>Comisiones: Para las hipotecas con interés variable, se establece un <strong>límite máximo del 0,25% durante los 3 primeros años de la hipoteca</strong>. Este importe se reduce <strong>al 0,15% a partir del cuarto año</strong>. Para las hipotecas con interés fijo, se fija un límite máximo de 2% durante los primeros 10 años y un 1,5% a partir de esos 10 años.</li>
<li>Está <strong>prohibido asociar la hipoteca a otros productos que vendan los Bancos</strong>: <strong>planes de pensiones, seguro de vida y hogar, tarjetas de crédito</strong>, en cambio sí que está permitido que el Banco exija un seguro que dé cobertura al cumplimiento de las obligaciones de la hipoteca.</li>
<li>El deudor hipotecario puede <strong>cambiar de Banco</strong> o cambiar las condiciones de su hipoteca, cuando quiera y sin devengar costes adicionales. El cambio de una hipoteca variable por una fija, nunca podrá devengar una comisión superior a un 0,15%.</li>
<li>Se establece un <strong>periodo de reflexión de 10 días.</strong> Durante esos 10 días, el deudor hipotecario podrá pensar/consultar/asesorarse sobre si realmente desea firmar la hipoteca en las condiciones ofrecidas. Además el Banco estará obligado a dar información sobre hipotecas de otros Bancos.</li>
<li><strong>El interés de demora máximo</strong> queda fijado en un <strong>3% para las hipotecas nuevas y en un 2% </strong>para las hipotecas antiguas.</li>
<li><strong>El Notario deberá asegurarse y dar fe de que el deudor hipotecario conoce lo que está firmando, </strong>en definitiva, tendrá que dar las explicaciones necesarias al deudor hipotecario y no simplemente estampar la firma.</li>
</ol>
<p>El <strong>préstamo hipotecario es una de las obligaciones más gravosas desde el punto de vista económico para muchas familias</strong>, y debe ser tratado con el máximo rigor y seguridad jurídica para todas las partes intervinientes.</p>
<p>La <strong>nueva Ley es un paso definitivo para dar la debida relevancia a tan importante y trascendente contrato</strong> y sin lugar a dudas, mejora en muchos puntos la legislación vigente estableciendo obligaciones y límites claros.</p>
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